A
día de hoy, a poco más de un mes de que D. Trump sea nombrado 45º Presidente de
los Estados Unidos de América, poco se ha avanzado en el detalle de lo que
puede ser su Reforma Migratoria que tantas veces ha salido a relucir en su
Campaña a las Elecciones Presidenciales a la Casa Blanca de 2016.
Es
difícil aventurarse a predecir con detalle cuales pueden ser las expectativas
de su Reforma puesto que sus argumentos y medios para llevarla a cabo han variado,
en algunos puntos, desde su discurso Pre-Electoral al Post-Electoral.
Pero
dado el interés que la Reforma genera, y con la información de la que en este
momento disponemos, es posible avanzar un esbozo de por donde puede encaminarse
esta Reforma Migratoria en el año 2017.
Inmigrantes Ilegales en los Estados Unidos:
La
propuesta de D. Trump de llevar a cabo una deportación o expulsión masiva de
más de 11 Millones de personas que en la actualidad residen ilegalmente en los
Estados Unidos, fuentes autorizadas creen que es cuanto menos irrealizable a
corto o medio plazo tanto física como económicamente por todos los medios que a
estos efectos se requieren de la Administración Estadunidense.
Aún
y en el improbable caso de que ello fuese posible, también se apuntan
importantes razones económicas y humanitarias que el Congreso, y aún en su
mayoría republicana, consideraría seriamente antes de proceder con su
aprobación.
Pero
la regularización de esos más de 11 Millones de personas, no es tan poco ninguna
solución al problema migratorio, todo al contario. Por muchos y variados
alegatos también económicos y humanitarios que puedan existir a favor de otra
Regularización General de Inmigrantes, similar a las dos que se han vivido en
los Estados Unidos en los últimos 25 años, esa solución no es ninguna panacea.
Para nuestro Despacho, si bien las dos últimas regularizaciones ha sido
sumamente gratificantes por contribuir a la regularización de residentes
ilegales en los Estados Unidos, lamentablemente, y de hecho lo experimentamos
con demasiada frecuencia, una regularización sin más, a lo único que contribuye
es a generar más inmigración ilegal a los Estados Unidos, con todas las
repercusiones que ello conlleva, no solo para los Estados Unidos, sino para los
propios inmigrantes que se aventuran cada año a dar ese paso, y que en muchos
casos llevan aparejadas serias cuestiones de seguridad e integridad personal para
los mismos inmigrantes y para sus familiares.
Pero
una Reforma Migratoria con sentido y contemplando el problema de los
inmigrantes ilegales es necesaria y debe afrontarse para dar soluciones a los
problemas migratorios actuales y a los que se avecinan en los Estados Unidos.
Solicitudes de Visados de No Inmigrante a
los Estados Unidos:
De
cuantos Visados de No Inmigrante puede solicitar un ciudadano extranjero, por
las propias declaraciones de D. Trump durante su campaña, se observa claramente
que los Visados H en todas sus variantes, son los que pueden verse más
afectados, aún más si cabe de lo que están en la actualidad.
Si
bien parece ser que la política migratoria relativa al personal especializado
de este tipo de Visados puede regularse de forma mucho aún más restrictiva si
cabe, en comparación a la regulación actual con objeto de proteger el personal
especializado estadounidense, ello no aplica de igual manera para el personal
no especializado, y en concreto para los puestos de trabajo en los que no hay
disponibilidad de personal estadounidense.
Mal
se aventuran las cosas para los Visados H-1B en estos momentos, pero a día de
hoy, no hay ninguna propuesta de ley al respecto y seguiremos a la expectativa
de cualquier proposición que surja a estos efectos.
En
cuanto a los Visados L-1, la política de los Servicios de Inmigración y Naturalización de los Estados Unidos (U.S. Citizenship and Immigration
Services-USCIS) progresivamente ha tomado la línea de denegar Visados a
empresas que no presentan un carácter sólido a efectos de contratación laboral
en los Estados Unidos. Ello ha sido especialmente así en las empresas de nueva
creación para las que el primer Visado se otorga solamente para un año y se
requiere una capacidad de contratación laboral de entre tres y cinco empleados
de cara a una renovación exitosa del Visado L-1. Más allá de continuar con la
misma política, no se espera que la Reforma Migratoria de D. Trump afecte mucho
más a este tipo de Visados.
Mejor
suerte correrán los Visados E-1 y E-2, que si bien la tendencia del USCIS y las
Secciones Consulares de los Estados Unidos siguen progresivamente la misma
línea comentada para los Visados L-1 a efecto de que las empresas puedan
demostrar el carácter sólido relativo a la contratación laboral, el hecho que
estos Visados sean aprobados por un periodo de validez de dos a cinco años, y que
los mismos solo se otorgan a nacionales de una lista exclusiva de países con
los que Estados Unidos tiene firmado un Tratado de Comercio y Navegación, no
cabe duda de que sus solicitantes quedan en una buena posición de que sus
Visados sean concedidos, si naturalmente cumplen con todos los requisitos
legales.
Por
lo que afecta a otros tipos de Visados de No Inmigrante, a día de hoy no se
prevén efectos relacionados con la propuesta de Reforma Migratoria de D. Trump.
Solicitudes de Residencia Permanente en los
Estados Unidos:
En
cuanto a las solicitudes de Residente Permanente en los Estados Unidos, es
dificil preveer que modificaciones pudiesen haber en relación a solicitudes
basadas en su carácter familiar, reunificación familiar a relacionadas con
procedimientos I-140 en el USCIS de transferencia de personal de empresas
extranjeras a filiales o matrices en los Estados Unidos.
Tampoco
se prevén regulaciones restrictivas relativas a los procedimientos de Residencia
EB-5 por inversiones aparte del aumento del monto de la inversión que últimamente
ya estaba considerando el USCIS.
Peor
suerte podrían correr las solicitudes relacionadas con un procedimiento de
Certificación Laboral (“Labor Certification”) puesto que en estos procesos esta
condicionada su aprobación al determinante de si la oferta de empleo es
congruente con la situación de empleo, posición y salario que la empresa ofrece
al solicitante en su zona de empleo y por otra parte, la carencia de personal
estadounidense que pueda estar disponible y ser competente para ocupar el mismo
puesto de trabajo que la empresa ofrece.
Habrá
que estar pendiente de todo este proceso de reforma y en concreto, de lo que al
final quede plasmado en un texto legislativo, el cual llegado el momento, podrá
comentarse con mucho más detalle y, seguramente, con mas acierto.
Luis
Agramunt, Abogado, LL. M. y Ainhoa Manero, Abogada, LL. M.