sábado, 2 de junio de 2012

Visados y Permisos de Residencia para Inversores y Personal Extranjero


La legislación federal y estatal de los Estados Unidos permite que todo ciudadano extranjero que visite los Estados Unidos, bien sea sin Visado —por aplicación del Programa de Exención de Visados (Visa Waiver Program, VWP), si el visitante es nacional de un país al que les es aplicable el Programa—, o bien siendo titular de un Visado de Negocios (B1), Visado de Turismo (B2) o Visado Negocios/Turismo (B-1/B-2), pueda realizar una inversión a título personal, o a través de una persona jurídica a la que represente.

No obstante, si el ciudadano extranjero que realiza la inversión, quiere viajar con frecuencia a los Estados Unidos para supervisar esa inversión o permanecer en los Estados Unidos por un periodo superior al que otorga el Programa de Exención de Visados o los Visados Negocios B1, Visados de Turismo B2 o Visado Negocios/Turismo (B-1/B-2), y sobre todo, si el ciudadano extranjero pretende desarrollar actividades de supervisión o dirección de la inversión, mediante su presencia física continua en los Estados Unidos y que sus actividades le sean retribuidas en Estados Unidos en concepto de trabajo, entonces será necesario que obtenga del USCIS un Visado o Permiso de Residencia específico para esos fines.

Al margen de los Visados y Permisos de Residencia para realizar, supervisar y dirigir inversiones para los ciudadanos extranjeros, el USCIS otorga otros tipos de Visados a aquellos ciudadanos extranjeros que quieran desarrollar actividades profesionales en los Estados Unidos como son los Visados para Académicos e Investigadores; Artistas, Atletas, Músicos, Profesionales del mundo del espectáculo de nivel extraordinario; Au-Pairs y Empleados Domésticos; Tripulantes; Intercambio Cultural; Diplomáticos, Funcionarios, Empleados de Organizaciones Internacionales y OTAN; Visitantes de Intercambio; Prometidos/as; Periodistas; Trabajadores Religiosos y Trabajadores Temporales.

Un inversor extranjero titular de un Visado, mediante el cumplimento de ciertos plazos y requisitos legales, puede solicitar la Residencia Permanente (Green Card) en los Estados Unidos, y con el cumplimiento de plazos y requisitos legales adicionales, el Residente Permanente puede solicitar la Ciudadanía de los Estados Unidos. La Residencia Permanente en Estados Unidos y la Ciudadanía conllevan unas importantes consecuencias fiscales en Estados Unidos, que deben ser evaluadas por el ciudadano extranjero antes de convertirse en Residente Permanente o Ciudadano de los Estados Unidos.



Para asesoramiento específico sobre esta temática contactar Juris Magister Corporate Legal Services. 

Para mayor información sobre esta temática consultar "Destino: Estados Unidos".



              Obra calificada como “Mejor Guía de Negocios para los Estados Unidos", "Mejor Guía de Inversiones Extranjeras en los Estados Unidos” y “Mejor Guía de Inmigración para los Estados Unidos” en Redes Sociales y Buscadores Google y Youtube.


Rated as “Best Business Guide for the United States", "Best Foreign Investments Guide for the United States” and “Best Immigration Guide for the United States” in the Social Networks and Search Engines as Google and Youtube. Official and Original Corporate, Tax and Immigration Forms available in English.


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